La información en tu teléfono móvil: el buscador de alimentos de «Qué Puedo Comer»

No cabe duda de que la nueva normativa europea reguladora de la información alimentaria proporcionada a los consumidores supone una ventaja importante para las personas con alergias e intolerancias alimentarias. Antes de su entrada en vigor, no obstante, ya existían recursos que contribuían a que estas personas tuvieran un mejor conocimiento de la oferta de productos alimenticios a los que podían acceder, y que siguen representando una ventaja considerable.

Entre ellos, está el buscador de alimentos de la página web «Qué Puedo Comer«.  Este buscador ofrece un amplio listado de alimentos libres de alérgenos, para que el consumidor sepa qué puede comer y qué no. Este buscador incluye más de 12.000 productos, de más de 700 marcas diferentes, y su empleo es muy sencillo: el usuario selecciona cualquiera de los 16 productos que se han incluido como alérgenos o causantes de intolerancias (que son, básicamente, los mismos que considera el Reglamento (UE) nº 1169/2011  que ya conocemos, a los que se ha unido el látex, por si pudiera haber contaminación del alimento procedente de la composición de su embalaje), y el buscador le ofrece una relación de alimentos libres del mismo. Además, pueden hacerse búsquedas que consideren varios alérgenos de forma simultánea, y también puede señalarse si se desea excluir las trazas o si, por el contrario, los productos que las contengan resultan aceptables al interesado. Y está previsto, además, que en los próximos meses aumente el número de alérgenos disponibles, añadiéndose la fructosa o el sorbitol, entre otros.

El buscador está presente en la página web «Qué Puedo Comer«, y también en forma de aplicación móvil para los dispositivos Android que puede descargarse desde la misma página. Esta última aplicación incorpora la ventaja de incluir un lector de códigos de barra que permite analizar productos de forma individual, para saber si es o no apto para la persona alérgica o intolerante y conocer los puntos de venta del artículo, además de poder leer valoraciones de otros usuarios. Entre sus inconvenientes está la necesidad de disponer de una cuenta en Google para poder descargarla, pues en la actualidad se accede a ella a través de Google Play.

Si quieres acceder a la página web de «Qué Puedo Comer» (desde donde también podrás descargarte la aplicación referida), pulsa sobre la imagen:

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Adaptarse a la nueva normativa sobre información alimentaria: Cualquier ayuda es bienvenida

Desde el pasado sábado 13 de diciembre está en vigor el Reglamento (UE) nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, que regula la información alimentaria facilitada al consumidor, e impone una serie de obligaciones a las empresas implicadas en la elaboración de productos alimentarios, o en la distribución de los alimentos y su puesta a disposición del consumidor final. Entre los aspectos que se regulan está la información que debe proporcionarse sobre los posibles alérgenos contenidos en los alimentos.

Respecto a los alimentos envasados, se establece que la información sobre los alérgenos deberá aparecer en la lista de ingredientes, y además, deberá destacarse mediante un grafismo que la diferencie claramente del resto de la lista de ingredientes (p. ej., mediante el tipo de letra, estilo o color de fondo).

Incluso en ausencia de una lista de ingredientes persiste la obligación de informar sobre alérgenos, señalando si el producto contiene alguna de las 14 sustancias que el mencionado Reglamento considera como más probablemente causantes de alergias alimentarias (las cuales fueron enumeradas en nuestra entrada del pasado día 2 de diciembre): en tal caso, debe incluirse la mención “contiene”, seguida de la sustancia o producto en cuestión. Este listado con 14 sustancias será reexaminado periódicamente por la Comisión Europea, teniendo en cuenta los avances científicos y, si procede, la lista se actualizará.

La presencia de alérgenos también debe ser indicada en los alimentos que se suministran sin envasar al consumidor final o que se envasan en el punto de venta, por ejemplo en  los establecimientos de restauración como bares y restaurantes.

Además, el Reglamento de la Unión Europea habilita a los Estados miembros de la misma (para los cuales dicho Reglamento resulta de obligada aplicación) para que, si lo consideran necesario, establezcan normas nacionales que, respetando siempre lo establecido en el mencionado Reglamento, regulen las modalidades mediante las cuales se suministra esta información. Por ello, la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN), dependiente del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ha elaborado una normativa que regula la información alimentaria de los alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, de los envasados en los lugares de venta a petición del comprador, y de los envasados por los titulares del comercio al por menor. Dicha normativa se está tramitando actualmente para que aparezca, una vez aprobada por el Gobierno en su conjunto, en forma de Real Decreto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Cuando eso ocurra, presentaremos desde este blog su contenido. De momento, no obstante, la normativa en vigor al respecto es el mencionado Reglamento de la Unión Europea, que ya ha entrado en vigor… aunque muchos empresarios todavía no han adaptado sus empresas al nuevo escenario.

Para ayudarles en el proceso de adaptación, diversas instituciones, tanto públicas como privadas, han puesto a su disposición recursos que pueden resultar útiles.

La propia AECOSAN ha elaborado un folleto informativo en el que se resumen los puntos principales de la nueva regulación: si quieres leerlo, puedes descargarlo de aquí.

La Comisión Europea, por su parte, ha preparado una infografía (en inglés) que destaca los aspectos más reseñables del Reglamento.

Tanto uno como la otra abarcan la totalidad del Reglamento, el cual aborda muchos otros aspectos diferentes del estrictamente referido a la alergia, por lo que el apartado en que se hace alusión a los alérgenos es sólo un campo más entre otros diversos.

En el ámbito específico de la alergia, no obstante, se han creado recientemente dos recursos que queremos recomendar desde aquí.

El primero se llama Carta Alérgenos, y es una página web, creada por la Federación Española de Hostelería (FEHR) con la colaboración de sus asociaciones y otras entidades, que ofrece información diversa en materia de alérgenos en el ámbito de la hostelería. Anuncian también estar desarrollando un modelo de carta con el objetivo de dar respuesta a los nuevos requerimientos de información en materia de alérgenos, pero en el momento de terminar esta entrada ese modelo todavía no ha podido ofrecerse a los interesados: Carta Alérgenos.

Sin embargo, la Asociación Nacional de Manipuladores de Alimentos (ASONAMAN) sí ha puesto ya a disposicón del público (en formato descargable e imprimible) un documento que puede resultar útil en la elaboración de las cartas de bares o restaurantes. Si quieres acceder al mismo, sólo tienes que pulsar sobre la imagen:

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