¿Qué norma regula la cantidad máxima de ácaros del polvo permitida en mi puesto de trabajo?

En condiciones normales, la presencia de ácaros del polvo en el entorno de trabajo no resulta nociva de forma significativa, por sí sola, salvo para las personas que están sensibilizadas a ellos.

La normativa que regula en España la prevención de riesgos laborales y protección de la salud de los trabajadores se preocupa por establecer límites aceptables o tolerables cuando se trata de factores tóxicos o nocivos para la salud humana (incluso cuando ese carácter nocivo se concreta en una significativamente mayor probabilidad de producir sensibilización en la población general), pero no suele tomar en consideración las especiales circunstancias de las personas alérgicas, pues se trata de una normativa de aplicación homogénea. Si un trabajador concreto es alérgico a los ácaros del polvo doméstico, con manifestaciones clínicas, o por algún motivo se sospecha de forma fundada que la presencia de éstos le está causando problemas de salud, debe ser valorado por el Servicio de Prevención con que cuente la empresa, para confirmar su aptitud para el puesto de trabajo o, en su caso, concretar las restricciones necesarias.

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