Para quienes practican deportes de competición, y, en general, para los deportistas federados, es relevante saber cuáles son las sustancias y métodos que están prohibidos en el deporte.
Muy recientemente, el pasado martes 30 de diciembre de 2014, se publicó en el Boletín Oficial del Estado una Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, que establece cuál es la lista de tales sustancias y métodos prohibidos en el deporte, con validez desde el 1 de enero de 2015, en virtud de lo dispuesto en el llamado Código Mundial Antidopaje.
En efecto, hay algunos fármacos que se usan en el tratamiento de las enfermedades alérgicas, que se consideran de forma expresa en ese listado.
En primer lugar, el listado incluye los fármacos beta-2 agonistas, que son medicamentos usados en el asma. No obstante, se excluyen de la prohibición el salbutamol, el formeterol y el salmeterol por vía inhalada, que están precisamente entre los que suelen emplearse en el asma (cuidado, no obstante, con la terbutalina, que es también de uso frecuente y no se cuenta entre las excepciones). Concretamente, se excluyen:
– Salbutamol inhalado (cantidad máxima de 1600 microgramos en 24 horas);
– Formoterol inhalado (dosis máxima administrada de 54 microgramos en 24 horas); y
– Salmeterol inhalado administrado de acuerdo con las pautas terapéuticas
recomendadas por los fabricantes.
No obstante, si se detecta en orina una concentración de salbutamol superior a 1.000 nanogramos por mililitro o de formoterol superior a 40 nanogramos por mililitro, se asumirá que no corresponde a un uso terapéutico de la sustancia y se considerará el resultado analítico como adverso, es decir, como resultado de un dopaje ilícito. No obstante, puesto que se sabe que hay personas que tardan más en eliminar el fármaco que otras, se acepta la posibilidad de que el deportista se preste a un estudio que demuestre que, en su caso, la inhalación del fármaco a las dosis permitidas tiene como consecuencia una eliminación por orina de las cantidades sospechosas. En tal caso, el deportista quedaría libre de culpa.
También están prohibidos los corticoides cuando se administren por vía oral, intravenosa, intramuscular o rectal. Los corticoides son medicamentos empleados también en la rinitis y en el asma. Lo que ocurre es que, salvo las descompensaciones y los casos de asma más graves, la vía de administración es inhalada, y esa vía se acepta.
Finalmente, la adrenalina (epinefrina) se considera entre los llamados estimulantes específicos, y está prohibida. Eso implica que si justo antes de una competición te ves en la obligación de utilizar tu adrenalina intramuscular por sospecha de anafilaxia incipiente, deberías retirarte de la competición, pues de lo contrario te expones a que detecten el fármaco en tu sangre y se sancione. Huelga decirlo, pero, por supuesto, ésto no debe ser óbice para abstenerte de usar la adrenalina en caso necesario (estamos hablando de una sospecha de anafilaxia incipiente: ¿te imaginas la alternativa?).
Si quieres leer la mencionada Resolución, íntegra, está en el Boletín Oficial del Estado del pasado 30 de diciembre.