Los olivos de Uchda tienen los días contados

Uchda (también transcrito en español como Uxda) es una ciudad situada en el nordeste de Marruecos, a unos 60 kilómetros al sur de la costa mediterránea: capital de la Región Oriental marroquí y fronteriza con Argelia, tiene una población estimada de aproximadamente medio millón de habitantes. Debido a su adecuada adaptación al clima y al terreno, los olivos han sido tradicionalmente allí un cultivo muy apreciado, incluso como árboles ornamentales. Según declaraciones de su actual alcalde, representan el «90% de los árboles plantados en los últimos años en algunos barrios».

Sin embargo, esa situación parece haber llegado a término: las autoridades municipales han decidido prohibir los olivos, y se exige que los ya existentes dentro del perímetro de la ciudad (en aceras, parques públicos o jardines particulares) sean arrancados antes del final del presente año. El motivo esgrimido para ello es la repercusión negativa que tienen sobre la salud de las personas alérgicas a su polen.

Finalizado el plazo mencionado, la agencia urbanística dependiente del poder municipal se encargará de arrancar aquellos olivos que queden (algo en lo que se asume que podrán invertirse varios años, pues los actualmente existentes se cuentan por millares), corriendo los gastos de la operación por cuenta de los propietarios. Los árboles desalojados podrán ser replantados fuera de la ciudad, o vendidos: no se trata de destruirlos, sino de proteger la salud de los vecinos que padecen alergia a su polen.

olivo

En general, los poderes públicos, como parte de sus competencias, suelen adoptar medidas para proteger la salud de la población. Tales medidas no son únicamente de tipo asistencial, sino también preventivas y de promoción de la salud. Para priorizar unas frente a otras se atiende a circunstancias de muy diverso tipo, ya sean biológicas, geográficas, climatológicas, económicas, culturales, …

En el caso de España, el artículo 43 de nuestra vigente Constitución de 1978 reconoce el derecho a la protección de la salud, e impone a los poderes públicos la obligación de adoptar las medidas necesarias para  garantizar tal derecho: en ello se implican todas las administraciones públicas (estatal, autonómica, local). El espectro de actuaciones posibles es amplísimo: desde dotarnos de un Sistema Nacional de Salud con vocación de universal hasta la prohibición de comportamientos que puedan resultar nocivos para el propio sujeto o para otras personas.

Puesto que aquí, todavía, medidas como la descrita arriba no son habituales, podrían parecerle a alguien desproporcionadas. Sin embargo,  el alcalde de Uchda defiende que el decreto municipal de erradicación de los olivos cuenta con la aprobación de una gran parte de los habitantes de su ciudad; mientras que, probablemente, medidas que hoy asumimos aquí como habituales, a un observador externo podrían parecerle desconcertantes (¿prohibir la venta de alcohol a adultos exclusivamente en determinadas franjas horarias del día, por ejemplo?). Ocurre, por otra parte, que la instauración de medidas que inicialmente encuentran la oposición franca de una parte no desdeñable de la población (como aquí ocurrió en su momento con la prohibición de fumar en establecimientos abiertos al público), con el paso del tiempo van asumiéndose como normales, y aceptándose por un sector cada vez más amplio de la sociedad.

A veces, como en el ejemplo de Uchda, proteger la salud de unos implica limitar intereses de otros, y no es siempre fácil conciliar ambos valores. Pero en esa ciudad, sin ir más lejos, probablemente muchos alérgicos al polen del olivo van a ganar calidad de vida de un modo importante. Y muy pronto.