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¿Se puede ser atleta de competición padeciendo asma?

Ayer, 2 de agosto, la revista médica Breathe publicó un artículo titulado «The World Anti-Doping Code: can you have asthma and still be an elite athlete?» (El Código Mundial Anti-Doping: ¿Puedes tener asma y aun así ser atleta de élite?).

La respuesta a la pregunta de si se puede ser atleta de competición padeciendo asma se ha abordado ya previamente en este blog, y la respuesta es afirmativa. No obstante, no cabe duda de que es una dificultad adicional el hecho de que algunos de los medicamentos empleados para el tratamiento de esta enfermedad puedan estar prohibidos por considerarse una forma de dopaje. Y a eso dedica gran atención el artículo referido arriba, pues se centra en el Código Mundial Anti-Doping.

La Agencia Mundial Anti-Dopaje actualiza periódicamente su Código, el cual se inició en 2004 con el objetivo de armonizar las políticas anti-doping en el deporte, y la mayoría de disciplinas deportivas en casi todos los países están adheridas a él. Su última versión es de 2015.

Algunos de los tratamientos empleados en el asma están permitidos sin ningún tipo de reparo por este Código. Entre ellos están los antagonistas de los leucotrienos, los antihistamínicos  y la inmnoterapia alergénica específica, independientemente de su vía de administración.

En otros casos, la vía de administración es determinante. Así ocurre con los corticoides: se permiten en administración inhalada bronquial o nasal, pero para la administración sistémica (oral o parenteral) es necesario demostrar su necesidad terapéutica: es lo que llaman «excepción por uso terapéutico» (en inglés, «therapeutic use exemption», abreviadamente TUE).

Para conseguir una excepción por uso terapéutico, el atleta debe demostrar cada uno de los siguientes puntos:

  1. El fármaco es necesario para tratar una condición médica aguda o crónica, y el deportista experimentaría una significativa merma de su salud si se le retirara.
  2. El uso terapéutico del fármaco prohibido es altamente improbable que produzca cualquier potenciación adicional de su rendimiento más allá de la que podría esperarse por un retorno al nivel normal de salud del deportista conseguido por el tratamiento.
  3. No hay otra alternativa terapéutica razonable que esté permitida.
  4. La necesidad de uso del fármaco prohibido no es consecuencia de la utilización previa de un fármaco o método prohibidos.

En otros casos, la prohibición viene condicionada por la dosis. Así ocurre con los agonistas β2 inhalados que están permitidos: exclusivamente salbutamol, salmeterol y formoterol. La presencia en orina de salbutamol por encima de 1000 ng/ml (que se asume que puede alcanzarse con dosis inhaladas mayores de 1600 μg en 24 h) o de formoterol en orina por encima de 30 ng/ml (que se asume que puede alcanzarse con dosis inhaladas mayores de 36 μg en 24 h) se considera que no derivan de un uso terapéutico y se interpreta como un resultado analítico adverso.

Cualquier otro agonista β2, como terbutalina, orciprenalina, reproterol o bambuterol, están prohibidos, y ningún fármaco de este grupo (ni siquiera los que se aceptan por vía inhalada) pueden utilizarse por vía oral.

Estas son algunas de las circunstancias que deben tener en cuenta los deportistas de competición que padecen asma, muchos de los cuales consiguen alcanzar incluso trofeos olímpicos a pesar de sus dificultades adicionales.

Los personajes de la imagen son Vinicius y Tom, las mascotas de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Río de este año, llamados así en honor de los músicos Vinicius de Moraes y Tom Jobim, dos de los autores más importantes de la música brasileña de todos los tiempos, ya que se consideran los creadores del Bossa Nova:

MASCOTAS-facebook

 

 

 

Percepción de los celíacos de la atención sanitaria que reciben

De la encuesta del Defensor del Pueblo sobre las necesidades de las personas celíacas que comentábamos ayer, una revista española de información médica destaca que el 90 % de los celíacos no considera buena la atención que recibe. O, dicho de otra forma (y reproduciendo una expresión que también utiliza la misma cabecera), que el 90 % de los celíacos considera que «la atención de la celiaquía en el sistema sanitario español no es buena».

Nosotros no hemos encontrado este dato en el informe que la propia institución del Defensor del Pueblo ha hecho público, por lo que resulta obvio que la fuente de esa información no es la misma a la que nosotros hemos accedido.E ignoramos cuál es, puesto que la revista en cuestión no cita otra fuente diferente a la referida.

Si el 90 % de los celíacos considera, efectivamente, que la atención a la celiaquía en el sistema sanitario español no es buena, la circunstancia es sumamente preocupante. No cabe duda de que el diagnóstico de esta enfermedad no siempre resulta fácil, pero eso está muy en relación con las características de la celiaquía, que tiene un abanico plural de manifestaciones, una amplia diversidad de síntomas con intensidad muy variable, y no necesariamente debe interpretarse como una deficiencia del sistema. Y, una vez diagnosticada, ¿los médicos de nuestro sistema público de salud no saben orientar adecuadamente el problema? Teniendo en cuenta que el tratamiento del trastorno pasa por evitar el gluten en la dieta, ¿los médicos de nuestro sistema público de salud no saben informar adecuadamente sobre ello, y sbre cómo hacerlo?

Nuestra percepción no es esa. Nuestra percepción coincide, por el contrario, con el dato (éste, sí, expresamente recogido en el informe del Defensor del Pueblo) de que casi un 75 % de quienes cumplimentaron la encuesta afirmaron haber sido correctamente informados sobre las pautas de tratamiento a seguir:

se-consideran-bien-informados