En el ámbito laboral, la vigilancia de la salud es uno de los instrumentos que utiliza la Medicina del Trabajo para controlar y hacer el seguimiento de la repercusión de las condiciones de trabajo sobre los trabajadores. Engloba una serie de técnicas entre las que destacan los reconocimientos médicos que se realizan a los trabajadores.
Los principales objetivos de la vigilancia de la salud a nivel individual son tres: la detección precoz de las repercusiones de las condiciones de trabajo sobre la salud del trabajador; la identificación de los trabajadores especialmente sensibles a ciertos riesgos y, finalmente, adaptar la tarea al individuo cuando ello resulta posible, teniendo en cuenta las particularidades de éste.
La vigilancia de la salud debe ser garantizada por el empresario, de un modo completamente gratuito para el trabajador. Debe ser específica para cada caso, es decir, se realizará en función de los riesgos a que está sometido el trabajador en el lugar de trabajo, y tendrá en cuenta sus peculiaridades: eso determinará el tipo de actuaciones a realizar en los reconocimientos médicos, y la periodicidad de los mismos.
Por otra parte, la vigilancia de la salud se entiende, con carácter general, como una obligación del empresario y un derecho del trabajador y, por tanto, voluntaria para este último: el empresario debe poner a disposición del trabajador la posibilidad de hacerse los reconocimientos médicos referidos, pero sin que este último tenga obligación de someterse a ellos.
Sin embargo, la Ley establece que esa voluntariedad se rompe (entre otros casos) cuando el trabajador ocupa un puesto de trabajo en el que hay un riesgo de enfermedad profesional.
Como ya hemos visto previamente, algunas enfermedades alérgicas pueden ser enfermedades profesionales: fundamentalmente de tipo respiratorio y cutáneo.
Las enfermedades respiratorias constituyen la cuarta causa de absentismo en la población trabajadora en España. Entre ellas, la rinitis y el asma son las patologías que más se han incrementado en los últimos años, tanto en España como en otros países desarrollados. La neumonitis por hipersensibilidad o alveolitis alérgica extrínseca es otro proceso respiratorio de carácter alérgico, causado por antígenos que llegan al pulmón tras ser inhalados, transportados por partículas orgánicas e inorgánicas de procedencias diversas, y que en algunos casos puede ser de origen ocupacional: los cuadros más frecuentes son el llamado pulmón del granjero y el pulmón del cuidador de aves.
De igual modo se presta atención a la afectación conjuntival de causa alérgica: el vigente listado de enfermedades profesionales incluye referencia expresa las rinoconjuntivitis alérgicas, pudiendo proceder su reconocimiento como enfermedad profesional aun cuando los síntomas predominantes sean los derivados de la afectación conjuntival.
Las enfermedades alérgicas laborales con manifestaciones en la piel tienen también gran importancia, pues suponen en su conjunto un porcentaje elevado de las enfermedades ocupacionales, representando una causa importante de incapacidad temporal e incluso, en ocasiones, de incapacidad permanente.
El protocolo de vigilancia sanitaria específica de las alergias laborales será de aplicación a todos los trabajadores con posible exposición a agentes y sustancias capaces de producir enfermedades alérgicas al actuar como alérgenos, así como a trabajadores de los que se tenga constancia que han desarrollado algún tipo de alergia. Resulta también importante identificar a las personas especialmente sensibles o vulnerables, atendiendo para ello a la presencia de antecedentes como dermatitis atópica, asma o hiperreactividad bronquial conocidas, alergia a otras sustancias aun cuando no estén presentes en el ámbito laboral, tabaquismo, historia de infecciones respiratorias repetidas, síntomas o signos sugestivos de enfermedad respiratoria o cutánea actuales, etc.). La periodicidad de los exámenes de salud variará en función del nivel de riesgo determinado en la evaluación correspondiente y de los factores implicados. Como consecuencia de los hallazgos obtenidos en estas evaluaciones y reconocimientos pueden emprenderse acciones y medidas de control ambiental encaminadas a disminuir la presencia del alérgeno en el medio, o cambios en los procedimientos de producción con sustitución de materiales o herramientas, o empleo de equipos de protección individual (como guantes o mascarillas). Y, a pesar de ello, no son raros los casos en que el trabajador debe retirarse del ambiente que le resulta nocivo: si esa circunstancia es necesaria, no depende de la voluntad del trabajador; recordemos que incluso el sometimiento a las revisiones médicas de vigilancia de la salud que el empresario ofrece pierde su carácter de voluntariedad cuando se demuestra que las condiciones laborales ligadas a un puesto de trabajo son susceptibles de generar enfermedad: en este caso, patología alérgica.