¿Qué son las alergias ocupacionales?

Hoy, 28 de abril, se celebra el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Este año 2014, el lema de dicho evento es “La seguridad y la salud en el uso de productos químicos en el trabajo”.

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Un informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT: Agencia de la Organización de las Naciones Unidas cuya dirección está a cargo de representantes de los gobiernos, de los empresarios y de los trabajadores de los distintos países) deja claro que, si bien los productos químicos son útiles y con frecuencia esenciales en los procesos productivos, es necesario adoptar las medidas necesarias para prevenir y mantener bajo control los potenciales riesgos para los trabajadores, los lugares de trabajo y el medio ambiente.

Los productos químicos presentan una gran diversidad de efectos nocivos, desde riesgos para la salud como el cáncer y riesgos físicos como la inflamabilidad, hasta riesgos ambientales como la contaminación generalizada y la toxicidad de la vida acuática.

Además, independientemente de los efectos nocivos que puedan presentar para la salud de cualquier persona, muchas de estas sustancias presentes en el entorno de trabajo pueden comportarse como alérgenos, capaces de causar alergia a las personas sensibilizadas.

Podemos definir alergia ocupacional (o alergia laboral, o alergia profesional, pues indistintamente puede llamarse de cualquiera de esas formas), como aquella enfermedad en la que el sistema inmunológico funciona de manera inadecuada generando una reacción excesiva ante la exposición a un agente o sustancia presente en el ambiente de trabajo.

Las sustancias capaces de producir alergia en el entorno de trabajo pueden entrar en contacto con la persona sensibilizada por diversas vías, pero las más frecuentes son la inhalatoria (a través de las vías respiratorias) y la cutánea (por contacto con la piel). Por ello, los dos grandes grupos de alergias ocupacionales son, precisamente, las respiratorias (fundamentalmente asma bronquial, que en estos casos recibe el nombre de asma ocupacional) y las cutáneas.

Muchas de estas alergias ocupacionales (al menos, las más conocidas) están consideradas enfermedades profesionales por nuestro sistema de Seguridad Social, el cual, de esta forma, otorga una especial protección a las personas que las padecen. Sin embargo, lamentablemente, muchas de ellas están infradiagnosticadas, es decir, escapan al conocimiento de los servicios asistenciales. Una de las circunstancias más características de estas enfermedades (aparte del hecho de que, lógicamente, sólo afectan a algunos de los trabajadores expuestos, a diferencia de los productos tóxicos, que afectan a todas las personas expuestas), y que puede ayudar al diagnóstico, es la peculiaridad de que el enfermo empeora cuando está inserto en su medio de trabajo, y mejora cuando se separa del mismo, en fines de semana, vacaciones o durante una baja laboral.

Se han identificado más de 300 sustancias que pueden producir alergia en el medio laboral, y además cada año se descubren nuevos agentes responsables. Lógicamente, las profesiones en las que con mayor frecuencia ocurre son las de aquellos sectores que están más en contacto con productos químicos: peluquería, cuidado de la salud, alimentación y restauración, urbanización y construcción, … Se calcula que el 15 % de los casos de asma en los adultos puede estar causado directa o indirectamente por sustancias presentes en el medio laboral, y que la dermatitis alérgica de contacto puede aparecer hasta en un 10 % de los trabajadores que manipulan productos químicos en su trabajo.

Además, es fundamental tener presente que, puesto que el desarrollo de síntomas de alergia puede ocurrir ante cantidades muy pequeñas del agente sensibilizante, se puede padecer este problema aún cuando en la empresa se cumplan escrupulosamente todas las medidas de higiene ambiental que exige la normativa de seguridad en el trabajo, ya que esta normativa está concebida para controlar y evitar los niveles tóxicos o irritantes de las sustancias, sin tener necesariamente en cuenta la posibilidad de una excesiva y anómala sensibilidad individual.

Las alergias ocupacionales son, por tanto, un problema importante de salud pública, con graves consecuencias para la calidad de vida de las personas afectadas y con gran repercusión económica para la sociedad, debido a la pérdida de productividad de los trabajadores enfermos y a los gastos derivados de su asistencia sanitaria.

Por todo ello, cualquier recomendación a gobiernos y agentes sociales para que colaboren en el desarrollo e implementación de políticas y estrategias dirigidas a la gestión racional de las sustancias químicas en el trabajo debería tener en cuenta la posibilidad de que estos productos se comporten no sólo como tóxicos, irritantes, contaminantes o inflamables, sino también como causantes potenciales de alergia.

Los llames como los llames… mejor que no los inhales

Hace algo menos de un mes, en este mismo blog, argumentábamos cómo la precisión deseable en el lenguaje médico hace que la polisemia (el fenómeno por el que una misma palabra tiene más de un significado) sea muy poco frecuente en medicina. La sinonimia (esto es, cuando dos palabras diferentes tienen un mismo significado), sin embargo, no atenta, en absoluto, contra la precisión, y es bastante frecuente en el lenguaje médico.

Un ejemplo de sinonimia lo constituyen el conjunto de palabras o expresiones que utilizamos (generalmente, de forma indistinta) para referirnos a los alérgenos que, transportados por el aire, pueden entrar en contacto con las vías respiratorias del ser humano u otras mucosas, y producir una alergia respiratoria.

Aeroalergeno es uno de esos términos. Incorpora, como puede verse, el prefijo aero-, que hace referencia a su vinculación con el aire. Es un término tremendamente utilizado en la disciplina de Alergología, aunque, por su especificidad, ni siquiera aparece en el Diccionario de Términos Médicos de la Real Academia Nacional de Medicina (y tampoco, lógicamente, en el Diccionario de la Lengua de la Real Academia Española, pues este último tiene un carácter más general).

Neumoalergeno es un término que se utiliza como sinónimo del anterior. Incorpora el prefijo neumo-, que procede del griego y significa «perteneciente o relativo al pulmón».

Nótese que tanto esta palabra como la anterior se utilizan casi exclusivamente como palabras llanas, aunque lo lógico sería que conservaran la condición de esdrújula del término alérgeno.

También es habitual encontrar la expresión «alérgenos inhalantes«, ya que el término inhalante (ausente de igual modo en el Diccionario de la Lengua de la Real Academia Española), significa, según el Diccionario de Términos Médicos de la Real Academia Nacional de Medicina, «que puede ser inhalado», y se considera sinónimo de inhalatorio: por ello, «alérgenos inhalatorios» o «alérgenos inhalados» son expresiones prácticamente intercambiables.

Cualquiera de esas denominaciones puede emplearse, pues, para referirnos a esas sustancias vehiculizadas por el aire que pueden causar alergia al ser inhaladas por las personas. Entre ellas, lógicamente, los pólenes y las partículas procedentes de los ácaros del polvo doméstico (a las que, en sentido amplio, nos referimos de forma genérica como «ácaros del polvo doméstico», pero que realmente se trata de sus excretas y de fragmentos de sus cuerpos) o de otros artrópodos (como las cucarachas), pero también otras de procedencia diversa como los epitelios y pelos de animales, hongos (cuyas esporas pueden igualmente ser vehiculizadas por el aire), o incluso partículas de látex, una sustancia de la que hablaremos en futuras entradas: en sentido estricto, podría defenderse que cualquier sustancia capaz de acceder al aparato respiratorio y producir una alergia por esa vía podría considerarse un aeroalergeno, pero, en la práctica, reservamos esta expresión (perdón: estas expresiones) para referirnos a aquellas sustancias que se comportan como tal de forma habitual.

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