Ayudas para celíacos del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS)

ISFAS es el acrónimo formado por las siglas de Instituto Social de las Fuerzas Armadas, un Organismo Público adscrito al Ministerio de Defensa que gestiona una parte importante de la protección pública, dentro del Sistema de la Seguridad Social, del personal profesional encuadrado en las Fuerzas Armadas y en la Guardia Civil, así como de sus familias. Concretamente, ISFAS gestiona la protección social frente a la necesidad de asistencia sanitaria, incapacidad temporal, inutilidad para el servicio y cargas familiares.

Las prestaciones que gestiona ISFAS, junto a las que gestiona el llamado Régimen de Clases Pasivas (a través del cual se canaliza la protección social de estos profesionales frente a los riesgos de vejez, incapacidad y muerte y supervivencia) constituyen los mecanismos de protección social del Régimen Especial de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.

Simplificando, ISFAS es, para los profesionales de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil, el equivalente a lo que representa MUFACE para los funcionarios de la Administración Civil del Estado.

Y, al igual que MUFACE, también ISFAS proporciona a sus mutualistas (o a los beneficiarios de éstos), entre las prestaciones que reciben el nombre de ayudas de protección sociosanitaria, una ayuda económica para pacientes celíacos, destinada a paliar las especiales necesidades de los pacientes celíacos menores de 18 años. Esta es una clara diferencia con la ayuda que proporciona MUFACE, pues para optar a aquélla, tal como vimos ayer, no existe límite de edad.

La ayuda de ISFAS para pacientes celíacos consiste en la concesión de una ayuda económica anual, en función de los recursos económicos de la unidad familiar, cuya cuantía actualmente oscila entre un mínimo de 87 euros y un máximo de 613 euros anuales, cantidades que se fijaron en 2012 y desde entonces no se han modificado. Aunque la ayuda anual no supera 613 euros, la norma de 2012 que establece las mencionadas cantidades cifra de forma expresa el coste que supone para la unidad familiar afrontar las especiales necesidades de estos pacientes en 1.440 euros anuales (los cuales, obviamente, no se cubren en su totalidad por la ayuda).

Aunque esta ayuda de ISFAS es menor que la que ofrece MUFACE (tanto por su cuantía, con un mínimo significativamente inferior al previsto para aquélla, como por el límite de edad establecido para tener derecho a ella), esta ayuda es otro ejemplo de la inclusión de una ayuda para celíacos entre las prestaciones de la Seguridad Social.

Si quieres acceder al formulario para su solicitud, disponible en la página web de ISFAS, pulsa sobre su logotipo:

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Ayudas para celíacos de MUFACE

MUFACE es el acrónimo con que se conoce a la Mutualidad General de Funcionarios de la Administración Civil del Estado, un Organismo Público dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que gestiona el Régimen del Mutualismo Administrativo de estos funcionarios. Simplificando, se trata de uno de los organismos que gestionan la Seguridad Social de estos funcionarios, ya que un número importante (si bien decreciente) de funcionarios no están encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social sino en uno de los Regímenes Especiales de la misma, el cual recibe, precisamente, el nombre de Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.

Para la protección de su colectivo, MUFACE gestiona diversas prestaciones como la asistencia sanitaria, el subsidio por incapacidad temporal o por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, entre otras.

Entre las prestaciones que reciben el nombre de ayudas de protección sociosanitaria se incluyen ayudas económicas para la compra de los productos alimenticios elaborados, tratados o preparados especialmente para responder a las necesidades nutricionales particulares de los enfermos celíacos. Estas ayudas están destinadas a aquellos mutualistas de MUFACE (o sus beneficiarios) que padezcan la enfermedad celíaca debidamente acreditada. Se configuran como una cuantía anual que estará en función de la capacidad económica del beneficiario de la prestación según un baremo establecido en cada convocatoria anual, oscilando entre un mínimo anual de 339,90 euros y un máximo anual de 618,00 euros. Si quieres acceder a la página en la que describen las características de esta prestación, pulsa sobre el logotipo de MUFACE:

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Desde el 1 de enero de 2011, los funcionarios de nuevo ingreso se incluyen obligatoriamente en el Régimen General de la Seguridad Social. Esta medida acabará con las llamadas clases pasivas, las condiciones especiales de jubilación de que disfrutaban los funcionarios, y a las que ya no tienen acceso los funcionarios de nuevo ingreso (esta medida, sin embargo, no afecta, según recoge expresamente la norma que la instaura, a los ex Presidentes, Vicepresidentes y Ministros del Gobierno de la Nación y a otros altos cargos de diversos órganos constitucionales). Este cambio de afiliación de los nuevos funcionarios supone un paso hacia la desaparición del llamado mutualismo administrativo, la gestión de la Seguridad Social de los funcionarios por organismos especiales.

Pero, independientemente de que podamos considerar que MUFACE está abocada a la extinción en un plazo más o menos largo, la ayuda para celíacos de la que hemos hablado es una prueba de que plantear tal ayuda como prestación de la Seguridad Social no es algo descabellado.