Todas las entradas de: José Luis de la Fuente

Inglaterra y Gales prohíben fumar en un coche donde vayan menores

A partir del próximo 1 de octubre de 2015 será ilegal en Inglaterra y Gales fumar en un coche (o en la cabina de otros vehículos de motor) donde vayan menores de 18 años. Se trata de un cambio normativo que busca proteger a los niños y adolescentes de los riesgos del tabaquismo pasivo (tales riesgos son diversos, y entre ellos sabemos que puede haber un empeoramiento del asma cuando esta enfermedad existe). El tabaquismo pasivo es nocivo para todo el mundo, pero los niños son especialmente vulnerables, pues tienen una mayor frecuencia respiratoria (es decir, respiran más rápido, lo cual puede hacer que inhalen en mayor cantidad las sustancias presentes en el ambiente), y sus pulmones, vías aéreas y sistema inmune aún no están del todo desarrollados. El 80 % del humo del cigarrillo es invisible y abrir las ventanillas de la cabina no elimina el riesgo.

Esta norma es de aplicación a vehículos privados (el transporte público ya tiene su propia normativa), como coches, furgonetas o camiones, que estén cubiertos total o parcialmente por un techo o cubierta. También se aplica a las caravanas cuando están circulando como vehículos, pero no así cuando están instaladas (en un camping o en zona de acampada) para ser utilizadas como vivienda o habitación.

Puesto que en los países citados puede haber personas de 17 años que conduzcan vehículos de motor, la norma no se les aplica cuando van como conductores en un vehículo sin otros menores. Sin embargo, si además del conductor están presentes otros menores de 18 años, entonces el propio conductor debe abstenerse de fumar.

La multa por infringir esta prohibición (que no se aplica a los cigarrillos electrónicos) se ha estipulado, de momento, en 50 libras esterlinas (unos 70 euros, al cambio actual).

Como puede deducirse, no todo el mundo está contento con la medida (algunos fumadores lo consideran una intromisión en la vida privada), pero no cabe duda de que es un paso más en la protección de la salud de los menores.

Si quieres ver el vídeo informativo elaborado por el propio Departamento de Salud del Gobierno (está, por tanto, en inglés), pulsa sobre la imagen:

s300_Its-illegal-end-still-960x640

 

 

 

 

Medicamentos fotosensibilizantes: Un pictograma que ya no es obligatorio

Un pictograma es un símbolo gráfico que representa de forma esquemática una información concreta. Algunos de ellos son de inclusión obligatoria en el etiquetado de los medicamentos, para avisar a los consumidores de algunas de las características de los mismos.

Hace algunos meses, mencionábamos en este blog uno de esos pictogramas obligatorios, el que indica que un medicamento (generalmente por producir somnolencia o interferir con con la capacidad de reacción) puede interferir con la conducción de vehículos de motor (consiste en el dibujo de un coche incluido dentro del triángulo rojo indicativo de peligro).

Estos pictogramas obligatorios fueron recogidos en un  Real Decreto que se publicó en 2007, y que regulaba el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente (Real Decreto 1345/2007). Entre los mismos, se incluía expresamente un pictograma que avisaba sobre los medicamentos que pueden producir fotosensibilidad. Se describía del siguiente modo:

Sobre fondo blanco, un triángulo equilátero rojo, con el vértice hacia arriba. En su interior y sobre fondo blanco, una nube blanca con el borde negro cubriendo parte del sol. Su tamaño se adaptará al del envase; en todo caso, el lado del triángulo no será inferior a 10 mm.

La leyenda «Fotosensibilidad: ver prospecto» se imprimirá sobre el mismo fondo blanco, en negrita y color negro. Se situará debajo o, en caso necesario, al lado del triángulo.

fotosensibilidad_pic

Sin embargo, unos años después, en otro Real Decreto publicado en 2013 (el Real Decreto 686/2013, elaborado precisamente para modificar algunos aspectos del anterior), se eliminaba el mencionado pictograma del grupo que se establecían como obligatorios: ignoramos el motivo por el cual precisamente ese pictograma dejó de considerarse obligatorio, pero desde ese momento (este segundo Real Decreto entró en vigor el 18 de septiembre de 2013) su incorporación al etiquetado de los medicamentos fotosensibilizantes no es obligatorio.

Por ello, es bueno conocerlo (y, de esa forma, si lo encontramos en el etiquetado de un medicamento sabremos interpretarlo: se refiere a su potencial fotosensibilizante) pero no debemos confiarnos: puesto que no es obligatorio, puede haber medicamentos fotosensibilizantes que sean fotosensibilizantes y, sin embargo, no lo lo lleven.