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Ni un alergólogo en la Oferta Pública de Empleo andaluza

Esta vez, tampoco ha podido ser.

La Junta de Andalucía aprobó ayer su Oferta Pública de Empleo del Servicio Andaluz de Salud para 2015.

Una Oferta Pública de Empleo es la previsión de las plazas de empleados públicos que se cubrirán (mediante convocatoria pública, en la cual debe garantizarse que la concurrencia competitiva de los candidatos se lleva a cabo garantizando los principios de igualdad, mérito y capacidad) durante el periodo de tiempo concreto y especificado, para dar respuesta a las necesidades de personal de la Administración a la que tal oferta se refiere: en este caso, el Servicio Andaluz de Salud.

Lamentablemente, no siempre las plazas incluidas en la Oferta Pública de Empleo para un año se cubren durante el año en cuestión. De hecho, en el caso concreto que nos ocupa, las plazas incluidas en la oferta para 2015 se acumulan a las plazas incluidas en las ofertas para 2013 y 2014, que, anunciadas en sus años correspondientes, siguen pendientes de cobertura.

Un total, sumando las plazas correspondientes a los tres años, de 3.282 plazas, distribuidas entre todas las categorías, incluyendo personal sanitario y no sanitario, a adjudicar mediante una serie de pruebas que, supuestamente (dicen que a la tercera va la vencida), se iniciarán antes de que finalice el presente año.

Entre todas esas plazas (en ésto, la tercera oferta no ha supuesto ningún cambio respecto a la primera y la segunda) no hay plazas de alergólogo: ni una sola.

La Junta de Andalucía sigue, entonces, apostando por limitar la asistencia alergológica en el sistema sanitario público de la Comunidad al servicio que pueden prestar algunas Unidades ubicadas casi exclusivamente (las excepciones son anecdóticas) en las capitales de provincia.

Otros especialistas (neumólogos, dermatólogos, otorrinolaringólogos, oftalmólogos, …) seguirán atendiendo la patología alergológica que llamamos órgano-específica porque sus síntomas se limitan de forma predominante a un órgano u aparato (asma bronquial de tipo alérgico, urticaria y dermatitis atópica o de contacto, rinitis alérgica, conjuntivitis alérgica, …). Todos ellos, sin duda, perfectamente capacitados para atender estas patologías.

Pese a lo cual, las listas de espera para los servicios de alergología… bueno, ahí siguen.

¿Más alergólogos en el Servicio Andaluz de Salud, para potenciar esos servicios cuya demanda no afloja un ápice año tras año?

Esta vez, tampoco ha podido ser.

(Si quieres conocer la Oferta Pública de Empleo en cuestión,  puedes verla en la página web de la propia Junta).

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¿Qué diferencia hay entre antígeno, alérgeno y hapteno?

Un antígeno es una sustancia que, cuando se introduce en el organismo, es capaz de inducir una respuesta inmunitaria; es decir, es capaz de hacer que se desencadene una reacción inmunológica, de tipo humoral (a base de anticuerpos) o celular, como respuesta a su propia presencia. Esa respuesta recibe el nombre de «específica», precisamente porque se desencadena específicamente contra ese antígeno en cuestión (los anticuerpos que se forman, por ejemplo, se unen selectivamente a ese antígeno). Los antígenos son predominantemente moléculas de tipo proteico (es decir, proteínas) pero puede haber excepciones.

Decimos que los antígenos tienen inmunogenicidad (es decir, son capaces de desencadenar una respuesta inmunitaria) y también especificidad (porque esa respuesta inmunitaria es específica contra el propio antígeno).

Cuando esa reacción inmunológica tiene las características de una respuesta alérgica (por ejemplo, en hipersensibilidad mediada por IgE, o en hipersensibilidad mediada por células como es el caso de las dermatitis de contacto alérgicas), al antígeno en cuestión lo llamamos alérgeno.

Los alérgenos son siempre antígenos (a los cuales llamamos alérgenos cuando la respuesta inmunitaria que desencadenan es de tipo alérgico). Sin embargo, hay antígenos que no son alérgenos (porque, aunque desencadenan una respuesta inmunológica, ésta no es de tipo alérgico: por ejemplo, las respuestas inmunológicas defensivas desencadenadas frente a un microorganismo infeccioso).

Un hapteno, por su parte, es una molécula de pequeño peso molecular que, cuando se introduce en el organismo, por sí sola no es capaz de inducir una respuesta inmunitaria, pero que, cuando se une con una proteína interna del propio organismo, sí puede inducirla. Necesita, por tanto, la participación de otra molécula diferente (la proteína interna del propio organismo, a la cual llamamos «proteína transportadora» o «transportador») para hacer que se desencadene la respuesta inmunitaria: sin ella, no puede. Por eso, a los  haptenos también los llamamos «antígenos incompletos» o «antígenos parciales».

Decimos que los haptenos carecen de inmunogenicidad (puesto que no son capaces de desencadenar, por sí solos, una respuesta inmunitaria), pero sí tienen especificidad (porque cuando, unidas a su transportador, desencadenan una respuesta inmunitaria, esa respuesta es específica contra el complejo formado por el hapteno y el transportador).

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