Las personas alérgicas o intolerantes a alimentos tienen que consultar de forma sistemática las etiquetas de los alimentos que van a comprar, para asegurarse de que no contienen el ingrediente concreto que ellos no toleran o que les puede producir problemas.
Aunque quienes ya han tenido que hacerlo durante más tiempo terminan desarrollando cierta habilidad para identificar con más facilidad lo que les interesa, cuando el diagnóstico es reciente puede resultar complicado encontrar de un vistazo lo que a uno le interesa.
Por ese motivo, resulta de interés la ficha que ha elaborado y hecho pública la Sociedad Española de Medicina Familiar y Comunitaria (SEMFYC) para ayudar a encontrar e interpretar la información relevante en las etiquetas de los productos alimenticios, con el título «Etiquetado de los alimentos: en qué conviene fijarse«.
Ello destacan que las etiquetas nos informan sobre los productos con que se ha fabricado el alimento, así como si su consumo requiere alguna precaución o consideración especial, y también cuándo debe consumirse; junto a ello, se pueden incluir algunos datos de su fabricación.
La información que incluye la etiqueta se puede dividir en dos partes:
1. Parte obligatoria: incluye la relación de ingredientes que componen el alimento.
2. Parte voluntaria: incluye la información nutricional. Será obligatorio en aquellos alimentos a los que se atribuya alguna propiedad nutricional específica.
La mencionada Sociedad Española de Medicina Familiar y Comunitaria concreta las circunstancias en que resulta procedente consultar al médico en los siguientes supuestos: