¿Es lo mismo una discapacidad que una minusvalía?

La Organización Mundial de la Salud (OMS), en su Clasificación Internacional de Funcionamiento, Discapacidades y Minusvalías (que así se llamaba originalmente, cuando se publicó en 1980), estableció la siguiente definición para el término «Minusvalía»: “Es una situación de desventaja para un individuo determinado,  derivada de una deficiencia o de una discapacidad, que limita o impide el desarrollo de un rol que es normal en su caso, en función de la edad, sexo y factores culturales y sociales.”

Como puede verse, no difiere significativamente de lo que ayer llamábamos, en este mismo blog, «discapacidad»: de hecho, son conceptos tan similares, que resulta difícil encontrar diferencias significativas entre uno y otro. Y es que, precisamente, se refieren a lo mismo: lo que antes llamábamos «minusvalía», ahora recibe el nombre de «discapacidad».

La propia OMS, al revisar su Clasificación Internacional de Funcionamiento, Discapacidades y Minusvalías (la cual ya no se llama así), reconoció que los términos lingüísticos utilizados pueden, por muchos esfuerzos que se hagan para evitarlo, estigmatizar y etiquetar, y consideró que el término «minusvalía» tenía una connotación peyorativa. Por ese motivo, tomó la decisión de abandonar totalmente el término «minusvalía» y de utilizar en su lugar el de «discapacidad», como término genérico que incluye déficits, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación (tal y como ayer referíamos). De forma coherente con esa decisión, la Clasificación mencionada cambió su nombre, a partir de 1999, por el de Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF-2001).

Así pues, donde antes hablábamos de «Minusvalía», ahora hablamos de «Discapacidad». Incluso el propio Real Decreto 1971/1999, al que ayer hacíamos alusión, se llamaba originalmente Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía (ayer no quisimos incluir la referencia original para no inducir a confusión).  Pero su nombre, siguiendo el consejo de la propia OMS, también cambió (posteriormente, en 2009), para ser sustituido por Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

Resulta curioso leer la norma que estableció el cambio de nombre (el Real Decreto 1856/2009), pues se trata de un Real Decreto que, precisamente, lo que hace es establecer una «actualización terminológica» (así la llama), determinando que todas las referencias hechas en la norma anterior al término «minusvalía» queden sustituidas por el término «discapacidad».

Así pues, a los efectos que nos ocupan, debemos entender que, efectivamente, lo que antes llamábamos minusvalía, ahora recibe el nombre de discapacidad. Y esto implica que ya no debemos hablar de «grado de minusvalía», sino de «grado de discapacidad», ni de «condición de minusválido», sino de «condición de discapacitado». Y las prestaciones sociales que antes estaban destinadas a minusválidos, ahora están destinadas a discapacitados: y precisamente porque muchas personas, llevadas por la costumbre, siguen refiriéndose a ellas utilizando su denominación antigua (lo cual puede producir confusión), hemos querido abordar el asunto en nuestro blog para señalar que, las llamen de una forma o de otra, tales prestaciones son las mismas.

Museum_of_disABILITY_History_Buffalo_NY

En la imagen (de Wikipedia), el Museo de Historia de la Discapacidad, ubicado en Buffalo, Nueva York.